En el DOG de hoy se publica la Orden de 3 de abril de 2019 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan los Premios de Responsabilidad Social Empresarial de Galicia (Premios RSE Galicia, DOG nº 74 del 16 de abril de 2019).

 

OBJETO

Aprobar las bases reguladoras y convocar los Premios de Responsabilidad Social Empresarial de Galicia (Premios RSE Galicia).

Tipología de premios

Los reconocimientos de los Premios Responsabilidad Social Empresarial de Galicia son de dos tipos: Premio a la Responsabilidad Social Empresarial, en el que habrá 3 categorías, pequeña, mediana y gran empresa y Mención a la Conciliación, que no tiene categorías siendo independiente el tamaño de la empresa.

Valoración de la empresa según tipología

1. En el Premio a la Responsabilidad Social Empresarial, la valoración de la empresa se realizará de una manera integral en los tres ámbitos: laboral-económico, ambiental y de acción social. El jurado tendrá en cuenta los siguientes aspectos en los que deberá destacar la empresa:

1.1. En el ámbito laboral-económico:

a)   Creación de empleo de calidad e indefinido.

b)   Implantación de medidas para la reducción de tasas de absentismo injustificado, enfermedades profesionales y de número de accidentes de trabajo.

c)    Promoción del desarrollo individual y profesional de las personas trabajadoras mediante planes de formación, promoción, calificación así como desarrollo de actuaciones y habilidades de las personas para mejorar su empleabilidad.

d)   Invertir en nuevas tecnologías.

e)   Contar con plan de igualdad o con medidas positivas en materia de igualdad que vayan más allá de los requerimientos legales convencionales.

f)     Adopción de medidas para la prevención del acoso laboral, sexual y el acoso por razón de género.

g)    Aplicar una igualdad retributiva.

h)   Contar con la presencia de mujeres en los órganos de gobierno y administración de la empresa y otras similares.

i)     Integrar un gobierno responsable de la empresa.

j)     Sistematizar los canales de diálogo entre la empresa y los distintos grupos de interés.

k)    Disponer de un código ético o similar.

l)     Disponer de órganos específicos responsables de velar por la adopción y aplicación de programas en materia de RSE y/o de igualdad.

m) Reportar información financiera y/o no financiera a los órganos de control.

n)   Inexistencia de multas significativas y de sanciones por incumplimiento de la normativa laboral.

o)   ñ) Apoyo explícito a las mujeres víctimas de violencia de género.

p)   Empleo de mujeres jóvenes.

q)   Empleo de modelos de publicidad igualitaria y no sexista en las comunicaciones comerciales.

r)     Promoción interna en los niveles en que las mujeres estén en menor proporción que los hombres.

s)    Otros criterios alegados por la empresa y que vengan fijados por el Global Reporting Initiative (GRI).

1.2. En el ámbito ambiental:

a)   Innovaciones en productos y servicios, en sistemas o procesos de producción, con fines ambientalmente sostenibles.

b)   Campañas de información y sensibilización medioambiental entre los grupos de interés internos y/o externos y la sociedad en general.

c)    Planes o actuaciones de eco-eficiencia en el consumo de energía, agua y recursos naturales.

d)   Tratamiento de residuos.

e)   Establecimiento de medidas de ahorro de energía, reciclaje y transportes alternativos para reducción de costes.

f)     Inexistencia de multas significativas y de sanciones por incumplimiento de la normativa ambiental.

g)    Otros aspectos alegados por la empresa y que vengan fijados por el Global Reporting Initiative (GRI).

1.3. En el ámbito de acción social:

a) Reconocimiento de la diversidad.

b) Búsqueda de la igualdad de oportunidades e integración social.

c) Compromiso con la comunidad.

d) Actividades de voluntariado.

e) Inexistencia de multas significativas y de sanciones por incumplimiento de la normativa social.

f) Otros aspectos alegados por la empresa y que vengan fijados por el Global Reporting Initiative (GRI).

2. En la Mención a la Conciliación se distinguirá a iniciativas empresariales que de manera significativa propicien la conciliación laboral, familiar y personal y la corresponsabilidad. El jurado tendrá en cuenta los siguientes aspectos en los que deberá destacar la empresa:

a)   Medidas de usos de tiempo que faciliten que su personal pueda organizarse mejor, al tiempo que se mejora la organización empresarial.

b)   Promoción de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en todos los ámbitos relacionados con la actividad de la empresa.

c)    Dotación de salas de reposo y lactancia en los centros de trabajo para las trabajadoras embarazadas y madres y padres en los casos de lactancia.

d)   Recursos y estructuras para el cuidado de otras personas.

e)   Medidas que posibiliten el desarrollo personal.

f)     Promoción interna en los niveles en que las mujeres estén en menor proporción que los hombres.

g)    Modificación de roles entre mujeres y hombres que posibiliten la implicación de ambos con la familia, con el hogar o con el trabajo.

h)   Desarrollo de medidas innovadoras para la conciliación y la corresponsabilidad tales como: teletrabajo, flexibilidad horaria, sistemas de compensación de días y horas, jornadas intensivas o comprimidas, permisos especiales para situaciones de emergencia, jornadas especiales en períodos de vacaciones escolares.

i)     Incentivos a la solicitud de permisos de paternidad.

j)     Reducciones de jornada o excedencias para el cuidado de hijos e hijas o de personas dependientes a cargo.

k)    Otros aspectos alegados por la empresa y que vengan fijados por el Global Reporting Initiative (GRI).

 

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?

Podrán optar a los Premios de Responsabilidad Social Empresarial de Galicia todo tipo de empresas, públicas o privadas, gallegas o que cuenten con sede o con centros de trabajo en Galicia.

 

¿A DÓNDE ACUDIR?

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, EMPREGO E INDUSTRIA

SECRETARÍA XERAL DE EMPREGO

SUBDIRECCIÓN XERAL DE RELACIÓNS LABORAIS

SERVIZO DE RELACIÓNS LABORAIS, SEGURIDADE E SAÚDE LABORAL

San Lázaro, s/n

15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)

Teléfono: 981957759 / 981544615

Fax: 981957751

Email: relacionslaborais.emprego@xunta.es

 

ÓRGANO RESPONSABLE

SECRETARÍA XERAL DE EMPREGO

 

PLAZO

Plazo de presentación: CERRADO, 17/04/2019 – 17/06/2019.

El plazo para la presentación de las candidaturas será de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

 

RESOLUCIÓN

Plazo de resolución: tres meses.

Sentido del silencio: negativo.

 

ENLACE A LA NORMATIVA

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2019/20190416/AnuncioG0424-080419-0010_gl.html

 

ENLACE A LA SEDE ELECTRÓNICA DEL PROCEDIMIENTO

https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=TR320A

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